Qué hacemos
El Departamento de Permisos de Circulación de Peñalolén, tiene por objetivo el llevar a cabo todas las actividades y procedimientos legales destinados al otorgamiento, renovación y control de los permisos de circulación que se otorgan en la comuna.
Principales funciones
- Otorgar, renovar, suspender y/o caducar los permisos de circulación de vehículos motorizados, como también de patentes y padrones de remolques y carros de arrastre.
- Mantener el registro y archivo actualizado de los permisos de circulación existentes en la comuna.
- Otorgar permisos provisorios, de acuerdo al artículo 14° de la Ley de Rentas, para el registro comunal de los vehículos de la comuna.
- Optimizar el proceso de otorgamiento de permisos de circulación.
- Emitir informes a requerimiento de los Tribunales de Justicia y otros.
- Emitir informes a la unidad encargada de la cobranza de convenios de pagos, deudores y otros por concepto de permisos de circulación.
- Remitir de manera oportuna, la información de multas de tránsito no pagadas a las entidades pertinentes.
- Controlar, administrar y supervisar contratos y/o convenios suscritos con empresas automotoras para la tramitación de permisos de circulación en representación de compradores de vehículos.
- Mantener información actualizada de los tipos y modelos de vehículos y sus respectivos valores de tasación y de permisos de circulación.
- Promover la implementación de la automatización electrónica de los procesos y sistemas de control.
Qué es el Permiso de Circulación
El Permiso de Circulación es un impuesto anual que deben pagar todas las personas dueñas de vehículos motorizados para poder circular legalmente por las vías públicas del país.
El valor del Permiso de Circulación varía según el tipo y año del vehículo, su tasación fiscal, y otras consideraciones específicas. Los vehículos nuevos tienen una tasación establecida por el Servicio de Impuestos Internos (SII).
Este permiso es obligatorio y su recaudación se destina en parte a las municipalidades y al financiamiento de obras de infraestructura vial y proyectos comunales.
Documentos necesarios – Vehículos nuevos
- Certificado de primera inscripción emitido por el Registro Civil.
- Factura de la compra del vehículo original o copia legalizada ante notario.
- Seguro obligatorio (S.O.A.P.) original con vigencia al año siguiente de la obtención del permiso de circulación.
- Certificado de Homologación.
Documentos necesarios – Vehículos de importación directa
- Declaración de Importación
- Certificado de primera inscripción emitido por el Registro Civil.
- Seguro obligatorio (S.O.A.P.) original con vigencia al año siguiente de la obtención del permiso de circulación.
- Certificado de Homologación.
Documentos necesarios – Vehículos nuevos con liberación aduanera
- Declaración de Importación
- Certificado de primera inscripción emitido por el Registro Civil.
- Seguro obligatorio (S.O.A.P.) original con vigencia al año siguiente de la obtención del permiso de circulación.
- Certificado de Homologación.
Documentos necesarios – Vehículos importados por persona con discapacidad física
- Declaración de Importación que señale estar acogido a Ley 17.238.
- Inscripción Registro Civil (sólo si declaración de Importación no lo señala).
- Seguro obligatorio SOAP.
- Certificado de homologación que permita entregar sello verde, y por consiguiente circular dentro de la Región Metropolitana.
Dado que estos vehículos no pueden ser transferidos ni ceder su uso o goce, la tramitación del permiso lo debe hacer el propietario exclusivamente en módulo de atención ubicado en Permisos de Circulación.
Documentos necesarios – Vehículos antiguos provenientes de la Zona Franca o regiones extremas
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- Certificado de liberación aduanera.
- Permiso de circulación año anterior cancelado.
- Seguro obligatorio SOAP.
- Revisión Técnica y Análisis de Gases, o certificado de homologación vigente.
Dado que estos vehículos no pueden ser transferidos ni ceder su uso o goce, la tramitación del permiso la debe hacer el propietario exclusivamente, en módulo de atención ubicado en Permisos de Circulación.
Documentos necesarios para renovar el permiso de circulación – Por internet
- Debe haber pagado el permiso anterior en la comuna.
- Revisión Técnica y certificado de emisión de contaminante o copia de Homologados, vigentes.
- Seguro Obligatorio (S.O.A.P.) comprado por Internet.
- Debe contar con un medio de pago electrónico.
Documentos necesarios para renovar el permiso de circulación – Presencialmente
- Permiso de circulación original del año anterior
- Seguro obligatorio (S.O.A.P.) original con vigencia al año siguiente de la obtención del permiso de circulación.
- Revisión Técnica, certificado de emisión de contaminante o copia de Homologados vigentes al momento de la emisión del permiso de circulación.
- Solicitud de traslado firmada, si es que año anterior canceló en otra comuna.
Si necesita efectuar cambio de nombre o modificar características del vehículo, debe presentar certificado de dominio, certificado de trasferencia o certificado de alteración de características emitidas por el Registro Civil.
Factura o Declaración Jurada Notarial con los siguientes Antecedentes:
- Nombre o Razón Social del Propietario.
- RUT del Propietario.
- Domicilio del Propietario (necesariamente debe pertenecer a la Comuna de Peñalolén.
- Marca (si no tiene, debe indicar que es Hechizo).
- Modelo (si no tiene, debe indicar que es Hechizo o Sin Modelo).
- Nº de Eje.
- Nº de Ruedas.
- Color.
- Capacidad de Carga.
- Año de Fabricación.
- Cualquier otra característica que lo identifique.
- Certificado de empadronamiento.
- Permiso de Circulación del año anterior pagado.
- “Copia Municipalidad” del Seguro Obligatorio (S.O.A.P.) con vigencia al año siguiente de la obtención del Permiso de Circulación.
- Revisión Técnica.
La rebaja se ajustará al siguiente cronograma
- Durante el primer y segundo año posterior a la publicación de la Ley pagara un 0% del permiso de circulación que corresponda (año 2023- 2024).
- Durante el tercer y cuarto año posteriores a la publicación de la Ley, pagarán un 25% del permiso de circulación que corresponda (año 2025- 2026).
- Durante el quinto y sexto año posteriores a la publicación de la Ley, pagarán el 50% del permiso de circulación que corresponda (año 2027- 2028).
- Durante el séptimo y octavo año posteriores a la publicación de la Ley, pagarán el 75% del permiso de circulación que corresponda (año 2029- 2030).
- A partir del noveno año posterior a la publicación de la Ley, el pago del permiso de circulación será normal.





